Legalización Web, Comercio electrónico

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 LEY DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DE COMERCIO ELECTRÓNICO, LSSI ley 34/2002 de 11 de julio

Las Webs, foros, redes sociales, etc. que ustedes puedan desarrollar en sus políticas de comunicación, deben cumplir tanto con la Ley de Protección de Datos, LOPD y el RGPD,  como con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y comercio electrónico, LSSI.

 ¿Cómo cumplimos con la LSSI?

Aviso de Cookies  al inicio de página se avisará de su existencia y con un enlace, para su aceptación, a la Política de Cookies,  la cual informará a los destinatarios sobre el uso que se realiza en la página web de cookies, si son propias o de terceros e indicando su definición, función y  finalidad, ofreciendo la posibilidad de revocarlas de una forma sencilla e informada.

Aviso Legal: Debe identificarse del responsable del tratamiento de la Web, d sus datos de contacto, CIF, inscripción registral en caso de ser entidad o Colegio profesional y códigos de conducta a los que esté adherido, actividad y, en definitiva, la información "en capas" que exige el nuevo RGPD.

Política de Privacidad: Habrá que identificar al Responsable de los datos, que puede ser distinto al responsable de la Web. En este apartado determinaremos con que finalidad se recogen los datos, si van a ser cedidos, qué datos es obligatorio que facilite el usuario, las medidas de seguridad que se han implantado para evitar accesos no autorizados a esos datos o para evitar pérdidas de información, la posibilidad de que los usuarios puedan ejercitar sus Derechos: acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como portabilidad y derecho al olvido, y, la forma en que éstos pueden ejercerlos. Todo ello con sumo detalle.

Envío de publicidad: No será válida si no se recoge expresamente la autorización del afectado y su derecho a anularla en cualquier momento.

Condiciones generales y particulares de contratación, en caso de haber comercio electrónico, es decir, en caso de tener una tienda online, se deberá informar sobre los pasos a seguir para la celebración del contrato y  tipo de contrato. Proceso de registro de clientes, proceso de compra, precios y condiciones, plazos de entrega, envíos y devoluciones etc. Una vez celebrado el contrato, el prestador debe confirmar la recepción de la aceptación mediante correo electrónico u otro medio de comunicación y debe quedar constancia de ello.